Congreso aprueba incorporar delito de manipulación de resultados deportivos al Código Penal

El Pleno del Congreso aprobó, con 90 votos a favor, incorporar el artículo 197-A al Código Penal para sancionar el fraude y la manipulación de resultados en competencias deportivas oficiales. La propuesta contempla penas de hasta ocho años de prisión en los casos agravados.

El Congreso de la República dio un importante paso en la lucha contra el amaño de partidos y la manipulación de competencias deportivas. Durante la sesión del 2 de octubre de 2025, el Pleno aprobó en primera votación el proyecto que propone incorporar el artículo 197-A al Código Penal, referido al delito de fraude o manipulación de resultados en competencias deportivas oficiales.

La iniciativa obtuvo 90 votos a favor, ningún voto en contra y ninguna abstención, y fue exonerada de segunda votación.

La propuesta busca sancionar penalmente a quienes prometan, ofrezcan o entreguen una ventaja indebida con la finalidad de alterar un resultado o el desarrollo de una competencia deportiva oficial. También contempla conductas relacionadas con la aceptación o solicitud de dichas ventajas.

Hasta ocho años de prisión

El texto aprobado establece una pena agravada de cuatro a ocho años de prisión, además de inhabilitación, cuando la conducta sea cometida por deportistas, entrenadores, árbitros, dirigentes, agentes o representantes de deportistas, personal administrativo, deportivo o médico, entre otros actores que tengan participación o influencia en una competencia.

La agravante también contempla los casos en los que la manipulación esté destinada a apuestas deportivas o intervengan operadores de apuestas, así como aquellos vinculados con organizaciones criminales, bandas criminales, lavado de activos o reincidencia específica.

Un nuevo frente contra el amaño de partidos

La propuesta busca cerrar un vacío frente a una problemática que ha generado preocupación en el deporte nacional e internacional: la utilización de dinero, apuestas u otros beneficios para influir en el desarrollo o resultado de una competencia.

Con la incorporación del artículo 197-A, el Congreso pretende dotar al sistema penal de una herramienta específica para investigar y sancionar estas conductas, protegiendo la transparencia y la integridad de las competencias deportivas oficiales.

¿Cuándo entrará en vigencia el nuevo artículo?

Entrará en vigor oficialmente el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. A partir de esa fecha exacta, las penas por amaños ligados a las apuestas subirán de golpe a un rango de 4 a 8 años de cárcel de forma directa.

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